jueves, 2 de febrero de 2012

FUNDAMENTOS DE CRIMINOLOGIA

C R I M I N O L O G Í A

Jorge D. Correa Selamé
Abogado, Mg
Profesor de Derecho Procesal

I UNIDAD

FUNDAMENTOS DE LA CRIMINOLOGÍA

INTRODUCCIÓN

CONCEPTOS

En 1958 se decía que la Criminología era la ciencia que estudia los elementos reales del delito: el comportamiento del delincuente y los efectos de ese comportamiento en el mundo exterior.

En la actualidad, se dice que la Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria, que se ocupa del estudio del crimen, de la personalidad del infractor, de la víctima y el control social del comportamiento delictivo.

Fenómenos como el alcoholismo, la prostitución, la asociabilidad, son susceptibles de estudiarse por la Criminología dado que son comportamientos que pueden desembocar en delitos.

El conocimiento criminológico ha de referirse a hechos observables que han de analizarse de forma sistemática y ordenada.

OBJETO

En sus inicios, la Criminología, como ciencia, que nace del positivismo, analiza al criminal, ya como producto biológico o social.

La Criminología contemporánea deja atrás el positivismo encauzándose en el sociologismo funcional, es decir, centrándose en la desviación social que supone el delito.

La Criminología más actual e integradora tiene por objeto tanto a la persona infractora como a la infracción en sí misma, y también a la víctima y el control del componente antisocial. La intención es esclarecer el fenómeno criminal.

MÉTODO

El estudio y elaboración de cualquier disciplina precisa de un método que lleve al investigador al logro de la verdad.

En lo que conocemos por ciencia moderna del Derecho Penal, encontrarnos constantemente enfrentados dos clases de métodos:

a) El lógico abstracto o deductivo; y

b) El inductivo o experimental.

En el método lógico abstracto o deductivo, se toma como punto de partida un principio general y de él saca las consecuencias lógicas pertinentes.

Por su modo de formular una proposición determinada, el método deductivo debe admitir necesariamente un “a priori”, es decir, un presupuesto del que hace derivar las proposiciones sucesivas.

En el método inductivo o experimental, se parte de la observación de los datos particulares y de ellos se remonta a una proposición general que comprende los supuestos observados y todos los demás que están en relación con aquellos.

El método inductivo parte de los datos objetivos que la experiencia ofrece, extrayendo conclusiones, por inducción, de la generalización de los hechos observados. Mediante este método solo es posible formular proposiciones a posteriori.

La Criminología, como ciencia empírica, (experimental) su método es el inductivo, pues se basa en la observación, en la experimentación y en la cuantificación, contrariamente a las ciencias apriorísticas, que utilizan el método deductivo (matemáticas).

CLASES DE CRIMINOLOGÍA

I.- Atendiendo al delito:

-Criminología Clásica. Beccaria.

II.- Atendiendo al criminal:

-Criminología Positiva. Escuela Positiva Italiana: Lombroso, Garofalo, Ferri.

III.- Atendiendo a los estudios de la Criminología y a la procedencia:

-Criminología local o nacional.

-Criminología comparada (entre países).

IV.- Atendiendo a la variedad de los estudios:

-Criminología victimológica.

-Criminología individual y colectiva.

-Criminología de las toxicomanías.

V.- Atendiendo a la prevalencia otorgada a las distintas ciencias que conforman el estudio criminológico:

-Criminología biológica.

-Criminología psicológica.

-Criminología sociológica.

Criminología General / Criminología Clínica.

Es la clasificación más importante y actual:

-General o Sintética: unifica el saber de las Criminologías especializadas.

Es un conjunto ordenado o sistematizado de conocimientos relacionados con los acontecimientos anteriores al delito y con sus consecuencias sobre el propio delincuente, sobre la víctima y sobre la realidad.

-Clínica: aplicación integrada de todo el saber criminológico y de las técnicas médicas de diagnóstico (diagnóstico delincuencial) a casos concretos con fines terapéuticos.

La Criminología clínica y la clínica médica coinciden en:
*Emitir una opinión fundada.
*Elaborar un diagnóstico y un pronóstico.
*Considerar la necesidad de un tratamiento.


A.- CONCEPTOS Y ALCANCES DE LA CRIMINOLOGÍA

El estudio del delito, de su autor y de los medios de lucha contra ambos, no puede llevarse a cabo por una sola disciplina.

Designamos el conjunto de todas las disciplinas que se dedican al estudio del delito, autor y medios de lucha contra ambos con la denominación de Enciclopedia de las Ciencias Penales y que comprende, básicamente, a la Criminología, a la Penología y a la Política Criminal.

Una contemplación del panorama doctrinal de la Criminología permite distinguir:

1.- Un sector doctrinal que concibe la Criminología como una suerte de "constelación criminológica" de la que formarían parte todas las Ciencias que se ocupan del crimen.

2.- La orientación norteamericana mantenida últimamente por criminólogos alemanes, que incluyen en la Criminología las materias que integran lo que llamamos Penología, esto es, ejecución de las penas y medidas de seguridad. Es la orientación predominante en la actualidad.

3.- La Escuela Austriaca.- Fundada por Gross y continuada por Seeling y Belcavic, que ensancha aún más que la posición anterior el ámbito de la Criminología haciéndola abarcar también la Política Criminal y la Criminalística.

4.- Una Orientación Restringida que reduce el ámbito de la criminología a la investigación de los factores de la criminalidad. Hurwitz, Mezger, Exner y P. Peláez.

En todo caso, puede señalarse que:

La Criminología es una ciencia empírica e interdisciplinaria que se ocupa del crimen, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado.

La criminología es una ciencia empírica pues se basa en la observación y, además, es una ciencia interdisciplinaria.

El objetivo de la Criminología es el delito, el delincuente, la víctima y el control social.

En una acepción restrictiva, la Criminología se limita a la investigación empírica del delito, la personalidad del autor y la ejecución de la pena.

En consecuencia, se produce una catalogación de los delincuentes y, la acepción restrictiva, no se centra en el estudio del control social.

Una acepción extensiva, en cambio, tiene en cuenta las transformaciones del concepto de delito, la criminalización y el control del comportamiento desviado.

La palabra Criminología se utiliza en 1879 por el antropólogo francés Pablo Toppinard. A partir de 1885, hay otros vocablos: en 1792 se habla de psicología criminal, en 1882 se habló de sociología criminal y en 1883 de biología criminal.

La criminología nace de la antropología, pero también nace de la psicología, de la biología y de la sociología. A partir de aquí se crea un núcleo de términos sólidos, será la ciencia que aglutinará el conocimiento de todas estas ciencias.

La palabra Criminología deriva del latín criminis y del griego logos, que significa el tratado o estudio del crimen y el delito-delincuente.

Las definiciones, incumbencias, divisiones y alcances de esta Ciencia, fueron variando de acuerdo a los distintos autores, criminólogos y lugar geográfico de nuestra tierra, según los diversos enfoques y encuadres teóricos, como asimismo de acuerdo a la época en las que fueron expresadas.

Según Rafael Garófalo a fines de 1885 menciona que la Criminología es la ciencia del delito y edita un primer libro llamado precisamente Criminología.

Garófalo la definió como la ciencia general de la criminalidad y de las penas.

Vont Lizt y Mezger la definen como la ciencia que tiene por objeto de indagación la etiología criminal.

Quintanilla Saldaña en el año 1929 la define como la ciencia del crimen o estudio científico de la criminalidad, sus causas y medios para combatirla.

Es una ciencia que tiene un objeto claro: el crimen, el delincuente, la víctima y el control social.

B.- LA CRIMINOLOGÍA COMO CIENCIA EMPÍRICA E INTERDISCIPLINARIA

1.- La Criminología es una ciencia: aporta una información válida, fiable y contrastada sobre el problema criminal, información obtenida gracias a su método empírico que descansa en el análisis y observación de la realidad.

En consecuencia, la cientificidad de la Criminología significa que esta disciplina, por el método que utiliza, está en condiciones de ofrecer una información viable y fiable sobre el complejo problema del crimen, insertando los numerosos datos obtenidos del examen de éste, en un marco teórico definido.



2.- La Criminología es una ciencia Causal-Explicativa, Empírica e Interdisciplinaria, cruzada por ciencias distintas y fundamentalmente por la Biología Criminal (Antropología y Psicología criminal), y la Sociología Criminal.

Esta ciencia utiliza un método empírico y los problemas que plantea la Criminología nunca deben ser investigados desde el punto de vista de una de las ciencias que integra la Criminología, pues, en caso que así ocurriese, se arribaría a un resultado parcial.

La Criminología, entonces, es una ciencia del “ser”, empírica; el Derecho, en cambio, es una ciencia cultural del “deber ser”, normativa.

El que la Criminología pertenezca al ámbito de las ciencias empíricas significa, en primer lugar, que su objeto (delito, delincuente, víctima y control social) se inserta en el mundo de lo real, de lo verificable, de lo mensurable y no en el de los valores.

La naturaleza empírica de la Criminología implica, ante todo, que ésta descansa más en hechos que en opiniones, más en la observación que en discursos.

Por otra parte, cuando se dice que la Criminología es una ciencia interdisciplinaria, se quiere decir que está compuesta por varias disciplinas y su éxito pasa porque no haya una supremacía de una ciencia con otras.

Si preponderase una ciencia, estaríamos ante resultados parciales ya que sólo el problema se vería desde un enfoque.

El principio interdisciplinario, por tanto, es una exigencia estructural del saber científico, impuesto por la naturaleza totalizadora de éste, y no admite monopolios, prioridades ni exclusiones entre las partes o sectores de un tronco común.

C.- ETAPA PRE CIENTÍFICA DE LA CRIMINOLOGÍA

Se trata de examinar las tesis criminológicas mantenidas en la etapa previa al positivismo, esto es, hasta la consagración de la Criminología como disciplina científica, hecho que se produce a finales del siglo XIX.

Los aportes, en esta etapa, provienen de dos fuentes:

1ª. Las de carácter filosófico, ideológico o político; y

2ª. Las de naturaleza empírica (perteneciente, relativo o fundado en la experiencia) y el aporte desde otros campos empíricos, como la fisonomía. Orientaciones empíricas

1ª. Directrices de carácter filosófico, ideológico o político

A.- Tomás Moro es el representante fundamental de este pensamiento, desarrollando su labor a finales del siglo XV y principios del siglo XVI.

Tomás Moro, probablemente, fue el primero en resaltar la conexión del crimen con los factores socio económicos y con la estructura de la sociedad.

Para Moro, el crimen responde a una serie de factores, tales como, déficit cultural y educativo, guerras, el ambiente social o la ociosidad, etc., pero, entre todos ellos, destacan los factores socio económicos.

Por ello, Moro sostenía que el Estado, al margen de la represión penal, debía neutralizar las verdaderas causas del crimen, como la miseria o la desigualdad.

Moro aportó a la Criminología la tesis de la conexión del crimen con la estructura de la sociedad: el crimen responde a una serie de factores y el factor que más destaca es el económico, destacando la pobreza. Moro, criticó abiertamente la dureza y la desproporción de los castigos, abogando por una labor preventiva por parte del Estado y pensaba que los poderes públicos tenían que establecer los medios necesarios para que el delincuente pudiese satisfacer, con su trabajo a la víctima a título de compensación.

B.- En segundo término, aparece la filosofía política de la Ilustración, analizando el problema criminal.

Las corrientes fundamentales de la Ilustración reaccionaron en contra de la sola idea de la prevención general o intimidación, que tomaba al delincuente como un ejemplo para los demás.

En efecto, la Teoría de la Prevención General, ve “el fin de la pena no en la retribución ni en actuar sobre el autor, sino en la influencia sobre la generalidad, a la cual se le debe enseñar a través de las amenazas penales y de la ejecución de las penas lo relativo a las prohibiciones legales.”

Se la denomina Teoría de la Prevención General porque no actúa en forma especial sobre el condenado, sino, en general, es decir, sobre la generalidad.

C.- Criminología Clásica

La Escuela Clásica o Criminología Clásica completa el cuadro de ideas sobre el problema criminal que tienen su origen las ciencias del espíritu.

Bajo la etiqueta de "clásicos" se han agrupado autores y tendencias divergentes en muchos puntos de vista, incluso contradictorias en algunos, pero que presentan una serie de concepciones comunes sobre postulados fundamentales, que es precisamente lo que permitió a los positivistas reunirlas con propósitos dialécticos.

Hay algo muy significativo en la escuela clásica, como es, la defensa de las garantías individuales y su reacción contra la arbitrariedad y los abusos de poder.

Francisco Carrara, es considerado el padre de la Escuela Clásica del Derecho Penal.

Carrara sostiene que el Derecho es connatural del hombre. La Ciencia del Derecho Criminal es un orden de razones emanadas de la ley moral, preexistente a las leyes humanas.

El delito es un ente jurídico que reconoce dos fuerzas esenciales: una voluntad inteligente y libre y un hecho exterior lesivo del Derecho y peligroso para el mismo.

Postulados de la Escuela Clásica

1º. Normalidad del delincuente: nada distingue al hombre delincuente de aquel no delincuente, pues todos los hombres son iguales.

2º. Irracionalidad del crimen: el crimen es un acto irracional e incomprensible ya que el hombre con su libertad y capacidad de decisión no ha sabido elegir el camino que más le convenía.

3º. Establecen una prioridad del hecho sobre el autor: el delincuente sólo aparecerá como el sujeto activo del delito y no se le prestará mayor atención.

4º.Explicación situacional del hecho delictivo: no existe una etiología del crimen, sino que, el crimen es consecuencia de un mal uso de la libertad y todos los ciudadanos son criminales en potencia porque todos son libres. Son situaciones específicas las que pueden explicar, caso a caso, la opción del hombre a favor del crimen.

5º. La aportación penológica ha sido su mayor éxito. Fundamentan la legitimación y delimitación del castigo y sacan conclusiones sobre el cuando, el cómo y el porqué se castigan los delitos. La respuesta al comportamiento delictivo se efectúa con una pena justa, proporcionada y útil.

6º. Aportación en el ámbito de la política criminal, donde la escuela clásica sí legitima el uso sistemático del castigo como instrumento del control del crimen.

2ª. Las de naturaleza empírica (perteneciente, relativo o fundado en la experiencia) y el aporte desde otros campos empíricos, como la fisonomía. Orientaciones Empíricas

Aquí, se consigna a un conjunto de contribuciones heterogéneas que no son meramente filosóficas o políticas, sino que, cuentan con algún respaldo empírico.

Destacan los pioneros de la ciencia penitenciaria, basados en la observación directa y en el rico conocimiento de la realidad carcelaria; y la experiencia empírica y criminológica que los cultivadores de sus respectivas disciplinas acumulan en torno al delito y al delincuente, como la fisonomía.

En la ciencia penitenciaria, destaca Howard, que dio prioridad al método de trabajo del contacto directo con el hombre delincuente.

Destaca, también, Bentham, como pionero de la ciencia penitenciaria y como teórico de la concepción utilitaria de la pena.

Bentham, propone un nuevo diseño para la arquitectura carcelaria en aras del control y del tratamiento de los reclusos: el panóptico. *

El nuevo establecimiento debe ser circular, con una torre de vigilancia en el medio, desde la que un guardián ejerciera el control total y permanente de los reclusos. Para su buen régimen y funcionamiento, deben seguirse tres criterios: (a) ausencia de sufrimiento corporal; (b) severidad, pues el recluso no puede encontrarse mejor que en libertad; y (c) economía, es decir, evitando gastos innecesarios.

En cuanto a la pena, Bentham formuló la teoría utilitaria del castigo: el delincuente debe comprobar como de su delito derivan consecuencias más negativas que positivas para el mismo.

En el campo de los aportes de otros campos empíricos, cabe señalar que antes de Lombroso ya se habían llevado a cabo las más diversas investigaciones sobre el delito y el hombre delincuente.

Así, existen campos del saber que, por su método y algunas hipótesis, deben ser considerados como antecedentes del positivismo criminológico.

Uno de ellos, es la Fisonomía, que versa sobre la apariencia externa del individuo y la interdependencia de lo somático y lo psíquico; el cuerpo y la personalidad; lo interno y lo externo.

Se trata de una vieja idea: alma y cuerpo se hallan en íntima relación, de modo que las deformidades somáticas se corresponden con vicios y defectos anímicos. Se asocia la belleza física con la bondad y la maldad, con la fealdad corporal.

El origen de la palabra “malhechor” puede significar no sólo a una persona que hace el mal, sino también, a persona mal hecha.

Algunos elaboraron toda una técnica de la observación, señalándose algunos caracteres como de índole criminal: anomalías en la cabeza, frente, orejas, nariz, dientes, etc.

La fisonomía permitió en el siglo XVIII decir: “cuando tengas dudas entre dos presuntos culpables, condena al más feo”; o decir a un juez napolitano, “Oídos los testigos de cargo y de descargo, y vista tu cara y tu cabeza, te condeno a...”

c) Escuela Cartográfica, Estadística Moral o Física Social

Los precursores de esta Escuela son Lambert Adolphe Jacques Quetelet y Andre Michael Guerry.

Para esta escuela, el delito es un fenómeno colectivo y hecho social, regido por leyes naturales, como cualquier otro suceso y requerido de un análisis cuantitativo. No es un acontecimiento individual.

El delito es una magnitud regular y constante. Tiene periodicidad producto de leyes sociales que el investigador debe descubrir y formular. No interesa averiguar las causas del delito, sino observar su frecuencia.

El delito es un fenómeno normal, inevitable, constante, regular y necesario. El único método adecuado para la investigación del crimen como fenómeno social y magnitud es el Método Estadístico.

Quetelet dice que los hechos humanos y sociales se rigen por las leyes que gobiernan los hechos naturales, por leyes físicas, y propugna una nueva disciplina; la mecánica social, y un nuevo método, el método estadístico, para analizar dichos hechos humanos.

Quetelet, aplicando la estadística a los fenómenos sociales en (1835) originó la Antropometría y se ocupó de obtener datos acerca del número de suicidios, delitos, etc.

Formula, también, las Leyes Térmicas, que son la interdependencia entre los factores térmicos y climáticos y las diversas clases de criminalidad y que son válidas solo para el hemisferio Norte:

1.- En verano hay mas delitos contra las personas: ya que la gente en esta estación suele salir con mas frecuencia, existe un relacionamiento con sus congéneres. En los países nórdicos el día dura casi 23 horas, las playas y las o piscinas están casi siempre llenas.

2.- En invierno hay mas delitos contra la propiedad: esto se debe a que las noches son mas largas, además existe gran excitación por Navidad, por las compras, etc.

3.- En primavera hay mas delitos de tipo sexual: esta sería la época de apareamiento, quizá el influjo del tiempo eleve las pasiones.

En conclusión, la Escuela postula que:

a) El crimen es un fenómeno social de masas, no es individual.

b) El crimen es regular y constante.

c) La normalidad del delito, pues, el delito es normal en la sociedad y sólo se lo debe investigar cuando sobrepase los índices normales.

Esta Escuela ha sido criticada por su método ya que los datos estadísticos son solo presupuestos del crimen y no siempre reflejan la realidad.

Andre Michael Guerry, es otro precursor de esta Escuela y fue fundador de la escuela cartográfica franco-Belga e intentó establecer una geografía de la criminalidad. Realizó los primeros Mapas de la Criminalidad en Europa, concediendo importancia al factor térmico.

D.- ETAPA CIENTÍFICA DE LA CRIMINOLOGÍA

La Criminología ha sufrido, desde sus inicios, una serie de cambios vinculados a la concepción que se tenía en cada momento histórico sobre el delito y la conducta del delincuente.

Así, se vivió la etapa de la Criminología Clásica, la etapa del Revisionismo Neoclásico y la etapa de la revolución positivista.

De la Escuela Clásica, ya mencionamos algunas características. En cuanto a la segunda, sustenta la revisión de algunas de las concepciones clásicas, como por ejemplo, la aplicación de medidas penales universales sin tomar en consideración las diferencias individuales entre los delincuentes y la incorporación al ámbito de la criminología de especialistas de otras disciplinas ajenas al derecho penal como el psiquiatra y posteriormente el trabajador social.

En cuanto a lo que concierne al paradigma positivista, el cual actualmente sigue teniendo amplia vigencia en algunos contextos, éste se fundamenta en la aplicación a los fenómenos sociales, en general, y al comportamiento humano, en particular, de los instrumentos y técnicas que se estipulan como fundamentales y eficaces para el estudio del mundo físico.

a) Escuela Positiva

La Escuela Positiva se presenta como la superación del liberalismo individualista, en demanda de una defensa de la sociedad.

La Escuela fundamenta el derecho a castigar en la necesidad de la conservación social y no en la mera utilidad, anteponiendo los derechos de los hombres honrados a los derechos de los delincuentes.

La Escuela Positiva nace en el siglo XIX. Su creador fue Cesar Lombroso como una reacción contra la Escuela Clásica.

La Escuela positiva es un cuerpo orgánico de concepciones que estudian al delincuente, al delito y su sanción, primero en su génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos remedios, que por consiguientes serán eficaces. (Ferri)

La escuela criminal positiva no consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídicos que nos ofrece.

La Escuela hizo de la ciencia de los delitos y de las penas una ciencia de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología y la estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que Ferri llamó sociología criminal.

Los postulados de esta Escuela son:

1º. Ius puniendi: el derecho a imponer sanciones pertenece al Estado a titulo de defensa social.

2º. El método es inductivo – experimental: la escuela Positiva se caracteriza por su método científico.

3º. El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente.

4º. El delincuente es aquella persona que comete delitos por influencias del medio en que vive. La Escuela busca la readaptación del delincuente y, para estos, establece los sustitutivos penales.

5º. Determinismo. La voluntad del hombre no juega ninguna papel en sus actos. El hombre no tiene libre albedrío. El ser humano esta determinado a cometer delitos.

6º. La responsabilidad penal. Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad.

7º. El concepto de Pena se sustituye por el de sanción: la sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal. Las sanciones deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente y por eso son de duración indeterminada.

8º. Proporcionalidad de la pena. Busca la proporcionalidad de la pena, no se debe castigar conforme a lo que dicen los Códigos, sino que tiene que haber sustitutivos penales. Por ejemplo, un menor que comete asesinato no se lo puede sancionar con 30 años de reclusión, sino que, antes se debe estudiar sus antecedentes, las causas por las que cometió tal acto, las atenuantes, etc. y se debe buscar su readaptación.

Substitutivos penales. Mas importante que las penas son los sustitutivos penales.

9º. Tipos de delincuentes. Acepta "tipos" criminales.

10º. Legislación penal. La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos.

11º. La ley penal. La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social.

DIFERENCIAS CON LA ESCUELA CLASICA

Para la Escuela Positiva la pena debe ser útil. La Escuela Clásica no habla de utilidad.

La Escuela Positiva busca la readaptación del criminal. La Escuela Clásica solo ve el delito y sanciona; no ve al delincuente.

La Escuela Positiva busca e investiga las causas del delito. La Escuela Clásica no busca las causas del delito, ya que el delincuente actúa en base a su libre albedrío.

La Escuela Positiva, algunas veces, no sanciona al delincuente, solo le aplica medidas de seguridad. La Escuela Clásica siempre sanciona al delincuente ya que no ve las causas que llevaron al delincuente a cometer actos delictivos.

b) Escuelas Intermedias

La Escuela Ecléctica

Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino la reunión de varias escuelas reunidas en esta corriente.

La diferencia entre la Escuela Clásica y Positiva está en que éstas tenían una serie de normas con las que si no se estaba de acuerdo con una, se rompían todas las demás. Era un esquema casi perfecto.

El objetivo de la Escuela Ecléctica, era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.

El presupuesto operante de esta Escuela, es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero, le agrega el concepto de situación, referente al medio físico y social.

Escuela Social

Está apoyada por el filosofo Durkheim y esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica.

Esta escuela tiene antecedentes en la cartográfica y en la de interpsicología. Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal.

Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo.

Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales.

Esta escuela permite un fuerte avance de la criminología y favorece la maduración de la misma hacia una posterior integración, todavía inexistente, con el Derecho Penal.

El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad.

Escuela Anómica

Su fundamento teórico esta basado en la anomia, que es una situación en la cual el desarrollo social desborda al control institucional.

El presupuesto está fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.

El principal aporte fue víctima de las peores criticas y rechazos: interpretación de la delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras policiales de criminalidad.

Teorías Ambientales

Su presupuesto está basado en la desigualdad material y la muy grande división del trabajo. La responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal.

El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chicago y producto de la inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.


II UNIDAD

EL OBJETO DE LA CRIMINOLOGÍA

A.- DEFINICIÓN CRIMINOLÓGICA DEL DELITO

El objeto de estudio de la Criminología es el delito y el delito presenta dos aspectos claramente identificables: Concepto Penal o Normativo y el Criminológico o Real.

Al primero, pertenecen los valores y el deber ser y, al segundo, todo lo físico y psíquico.

El objeto de la Criminología se circunscribe al aspecto real o criminológico.

Desde el nacimiento de la Criminología se ha polemizado sobre cual es el concepto del delito del que esta ciencia debe partir: si del mismo que ofrece el ordenamiento jurídico-penal o si puede darse un concepto distinto, propio de la Criminología.

Garófalo se propone encontrar un “delito natural” hasta los ensayos de los criminólogos norteamericanos que tratan de hallar un concepto sociológico.

El criminólogo estudia la descripción del hecho criminal (fenomenología criminal), los factores que lo producen (Etiología Criminal), la personalidad de su autor (el delincuente) y la víctima del delito, tanto en su personalidad como en su posible condición de factor o estímulo del hecho criminal.

2.- CONCEPTO PENAL Y CONCEPTO CRIMINOLÓGICO DE DELITO

La Criminología se ocupa del delito, pero, el delito, interesa, también, a otras ciencias, disciplinas y ramas del saber: la Filosofía, la Sociología, el Derecho Penal, etc. , por lo que procede delimitar el concepto de delito que utiliza la Criminología, por dos razones: porque no existe un concepto único de delito y porque la autonomía científica de la Criminología debe permitir a ésta la determinación de su propio objeto, sin someterse a las definiciones de delito que procedan de otros ámbitos o instancias.

Existen, en efecto, numerosas nociones de “delito”. El Derecho Penal, por ejemplo, se sirve de un concepto formal y normativo, impuesto por exigencias ineludibles de legalidad y seguridad jurídica: delito es toda conducta prevista en la ley penal y solo aquella que la ley castiga.

La Filosofía y la Ética acuden a otras pautas e instancias más allá del Derecho Positivo: el orden moral, el natural, la razón, etc.

Pero ninguno de estos conceptos de delito puede ser asumido completamente por la Criminología.

El concepto penal constituye su obligado punto de partida pero nada más, porque el formalismo y el normativismo jurídico resultan incompatibles con las exigencias metodológicas de una disciplina empírica como la criminología.

La Criminología Clásica, dócil y sumisa a las definiciones jurídico formales de delito, hizo del concepto de delito una cuestión metodológica prioritaria.

No así la moderna Criminología, consciente de la problematización de aquél, que se interesa sobre todo por temas de mayor trascendencia, por ejemplo, las funciones que desempeña el delito como indicador de la efectividad del control social, su volumen, estructura y movimiento, el reparto de la criminalidad entre los distintos estratos sociales, etc.

Hasta tal punto ha pedido interés el debate academicista sobre el concepto criminológico de delito que un sector doctrinal sugiere utilizar el que más corresponda a las características y necesidades de la concreta investigación criminológica.

Para la Criminología el delito se presenta, ante todo, como “problema social y comunitario”, caracterización que exige del investigador una determinada actitud para aproximarse al mismo.

El delito es un problema de la comunidad, nace en la comunidad y en ella debe encontrar fórmulas de solución positivas.

El crimen no es un tumor o una epidemia social, ni un cuerpo extraño ajeno a la comunidad, ni una anónima magnitud estadística referida al irreal delincuente medio, sino que, un doloroso problema humano y comunitario.

3.- LA TEORÍA DEL DELITO NATURAL

Garófalo se propone encontrar un "delito natural".

El concepto de delito natural es un concepto valorativo que sustituye a las valoraciones legales por valoraciones socioculturales. La inexistencia de criterios generalizadores válidos y la imposibilidad de elaborar un catálogo cerrado, exhaustivo, de "delitos naturales" demuestran que esta categoría carece de operatividad; que no aporta un marco conceptual sólido y definido al quehacer criminológico.

La Teoría del Delito Natural apunta a una serie de conductas nocivas, para cualquier sociedad y en cualquier momento, con independencia incluso de las propias valoraciones legales cambiantes. Su definición, sin embargo, decepciona, ya que difícilmente puede elaborarse un catálogo absoluto y universal de crímenes.

4.- PROBLEMATIZACIÓN Y RELATIVIZACIÓN DEL CONCEPTO CRIMINOLÓGICO DE DELITO

Para la Criminología el delito se presenta, ante todo, como "problema social y comunitario", caracterización que exige del investigador una determinada actitud para aproximarse al mismo.

Los problemas sociales reclaman una particular actitud en el investigador, que la Escuela de Chicago denominó empatía, interés, aprecio, fascinación por un profundo y doloroso drama humano y comunitario.

Contraria a la empatía es la actitud indiferente, tecnocrática, de quienes abordan el fenómeno criminal como cualquier otro problema, olvidando su trasfondo aflictivo, su amarga realidad como conflicto interpersonal y comunitario.

B.- CONCEPTO DE DELITO UTILIZADO EN OTRAS CIENCIAS, SU INTERRELACIÓN

Derecho Penal y Criminología

El Derecho Penal es el origen de muchas ciencias y entiende que la Criminología estudia el delito como parte de la problemática interna de la sociedad y no tiende a lo normativo.

La criminología es una ciencia empírica, interdisciplinaria, que estudia el delito no desde la norma, sino, como fenómeno colectivo, atendiendo además a la personalidad del delincuente. Además, estudia la aplicación práctica y eficaz de la pena.

El delito es el objeto central de ambos, pero, lo estudian desde prismas diferentes.

La Criminología lo hace desde el punto de vista del delincuente, y el Derecho Penal para aplicar la norma. Ambas ciencias son complementarias. Las dos parten del hecho de que en la sociedad existe la delincuencia o conductas desviadas.

El Derecho Penal nace para proteger a la sociedad con normas imperativas a las que añade una consecuencia jurídica (la pena) con expectativas de prevención general y especial.

Derecho Procesal Penal y Criminología

El Derecho Procesal Penal, es también una forma de luchar contra la criminalidad, y la mejor manera de hacerlo es huyendo del excesivo jurisdiccionalismo incidiendo, en cambio, en el carácter preventivo.

A la Criminología le interesan los elementos fundamentales del Derecho Procesal Penal.

En éste se analiza el delito, es decir, el acto criminal, pero, para, luego determinar la responsabilidad penal y, finalmente imponer una sanción.

Derecho Penitenciario y Criminología

El Derecho Penitenciario es el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de las penas y medidas de seguridad. Es decir, actúa con posterioridad al delito y a su sanción.

Criminalística y Criminología

La Criminalística está constituida por una serie de conocimientos orientados a la indagación técnica del delito y a la identificación del delincuente.

Biología Criminal y Criminología

Se centra en la vertiente hereditaria de la delincuencia pues los factores genéticos empujan al delincuente a cometer actos antisociales. Además, existen peculiaridades biológicas (anatómicas, bioquímicas) en la persona del delincuente.

La Criminología, como ciencia multidisciplinaria, incorpora la Biología Criminal, que le indica el influjo de la herencia en el comportamiento desviado.

Psicología Criminal y Criminología

La Psicología Criminal estudia la inteligencia, el carácter y las aptitudes sociales y morales del delincuente, todo ello desde el punto de vista objetivo de la Psicología Experimental (tests).

Con el Psicoanálisis se estudia la vida profunda del delincuente: relación entre Motivos Inconscientes e inmediatas.

Actualmente la Psicología Criminal se ha extendido a la delincuencia de masas.

Sociología Criminal y Criminología

Ferri, en los comienzos de la Criminología, hizo prevalecer su punto de vista sociológico, en el que señaló el gran número de factores exógenos al delincuente que generan la conducta antisocial y que son en ocasiones prevalentes a la propia psicología del delincuente.

La Sociología Criminal es la única ciencia de la que la Criminología no puede prescindir.

C.- LA IMAGEN DEL DELINCUENTE

Tradicionalmente se ha considerado la delincuencia como fenómeno individual, pero en la actualidad se hace imprescindible aplicarle un enfoque social.

La extensión de la delincuencia hay que estudiarla en un periodo de tiempo determinado en una sociedad concreta.

Se analiza la intensidad, es decir, la calidad de la delincuencia desde el punto de vista criminológico. Es útil sobre todo a efectos de política criminal. Se distingue entre débil, media, elevada, menos grave, grave y muy grave.

La frecuencia, por su parte, es un índice de criminalidad en relación con la variación que sufre durante periodos de tiempo.

La frecuencia debe referirse sobre todo a largos periodos de tiempo. Ferri ya lo hizo en su día, concluyendo que el incremento de población conllevaba un incremento de la criminalidad general.

Los factores geográficos, son otros antecedentes que debe abordar la imagen del delincuente:

Desde el medio físico, en referencia a la frecuencia de determinados delitos.

La vida rural contra la vida urbana, pues la delincuencia urbana es cuantitativamente mayor, y cualitativamente distinta.

Los factores económicos, pues, unos dicen que el desarrollo disminuye la delincuencia, pero otros, sostienen que es al contrario al aumentar los conflictos y complejizarse las relaciones de interés.

Por último, influyen en la imagen del delincuente, los factores culturales. El grado de formación no hace disminuir la delincuencia, pero sí la hace menos brutal o primitiva. Produce especialidades delictivas (delitos informáticos).

Clases básicas de delincuencia

Convencional: en cualquier tipo de sociedad y son las que infringen las normas jurídicas oficiales de los distintos Estados contra la propiedad, contra las personas, contra la salud pública, contra la integridad física, contra la libertad general, contra la libertad sexual.

Características:

Modus operandi: Violencia.

Mejora de los medios de comisión.

Incremento de crímenes violentos.

Los grupos ultras son característicos de nuestras sociedades, de actividades revolucionarias ligadas a una ideología política normalmente.

También son características las dudosas maniobras económicas de grandes empresas, fundamentalmente, la de cuello blanco.

No convencional: aquella que lesiona bienes jurídicos tan importantes o más que los anteriores, pero no sancionados jurídicamente o bien sancionados desde hace poco tiempo. Ejemplo: genocidio.

Características:

Se altera el orden jurídico – penal de los valores. Ej.: el Estado es el delincuente, el agresor, no el protector.

Mantenimiento del poder a toda costa (movimientos militares) con la creación ficticia de muchos delitos comunes.

Figuras delictivas habituales de las sociedades post – industrializadas.

Aparecen por contradicción: se predica el estado de bienestar pero hay grandes bolsas de pobreza; se predica el pluralismo e igualdad pero hay más marginación.

Delincuencia organizada, incluso institucionalizada; Tráfico de estupefacientes, de divisas, comercio humano, fraudes de subvenciones, tráfico de armas, blanqueo de dinero.

Corrupción de funcionarios y tráfico de influencias.

Abuso de información privilegiada.

Manipulación empresarial, revelación de información.

Delitos informáticos.

Delitos ecológicos.

Fraudes con productos sanitarios.

Piratería audiovisual.

Estafas masa.

Abusos de crédito (fraudes en operaciones financieras).

Delitos fiscales.

Delitos contra la seguridad social.

Terrorismo.

D.- FACTORES PREDISPONENTES Y DETERMINANTES DEL DELINCUENTE

Nadie debiera arrogarse la verdad teórica en materia de criminalidad: el delito es un fenómeno complejo, variante y policausal. Las variables asociadas con la evolución de la actividad criminal pueden agruparse en factores, según su naturaleza y modo de operar sobre el nivel del delito, como se expone a continuación:

1.- Factor socioeconómico: los incentivos. La literatura ha comprobado que los ciclos económicos, el desempleo en grupos vulnerables (hombres jóvenes de nivel socioeconómico bajo y, fundamentalmente, la desigualdad social son variables fuertemente asociadas a aumentos o disminuciones en el nivel agregado de delito.

Estas variables obran como incentivos o desincentivos de la actividad criminal. Contrariamente a la creencia difusa, la pobreza no constituye una causa directa de la delincuencia.

2.- Factor demográfico y socio cultural: dentro de este factor se ubican variables que operan como incentivos, grado de urbanización y cantidad de hombres jóvenes. Y variables que obran como barreras de ingreso a la actividad criminal: familia, escuela y comunidad.

En efecto, dado que el crimen es un fenómeno típicamente urbano, incrementos bruscos de urbanización y migraciones internas se encuentran fuertemente asociados con incrementos en las tasas de delitos.

Las situaciones de exclusión social debidas a la cesantía o a la marginalización prolongada, al abandono escolar o al analfabetismo y a las modificaciones estructurales de la familia, parecen ser factores que se encuentran frecuentemente entre las causas sociales de la delincuencia.

Distintos estudios sobre el perfil del victimario han llegado a la misma conclusión: el delito es una actividad que involucra mayoritariamente a hombres jóvenes, quienes constituyen el principal grupo de riesgo o vulnerable. Es por ello que incrementos en la proporción de hombres jóvenes sobre el total de la población coinciden con periodos en donde se observa un incremento en la tasa de delitos.

3.- Factor institucional: los riesgos y los costos. El Estado interviene sobre la sociedad (sistema de seguridad) en orden a proteger la vida, libertad y propiedad de su población y garantizar el orden público. Al intervenir, desde la perspectiva de la economía del crimen, está imponiendo riesgos y costos al accionar criminal. En efecto, un individuo incentivado a cometer delitos (factor socioeconómico y demográfico), y sobre el que existan frágiles barreras de ingreso a la actividad criminal (factor socio-cultural) para operar deberá sortear los riesgos (policía) y costos (justicia y cárcel) que impone el Estado al proteger los derechos de los ciudadanos.

Es evidente la responsabilidad institucional dada la inadecuación del sistema de justicia penal (policía, justicia y cárceles) a la delincuencia urbana y a su crecimiento.

4.- Factores que se refieren al entorno urbano y físico: entre las causas ligadas al entorno, señalamos la urbanización incontrolada, la carencia de servicios urbanos, la ausencia del concepto de seguridad en las políticas urbanas, el surgimiento masivo de espacios semi-públicos (mall, estaciones, etc.), la promiscuidad y la ilegalidad de barrios trasformados en zonas bajo el control de pequeñas mafias locales.

El crecimiento de la delincuencia urbana en muchas de las grandes ciudades del mundo durante los últimos 20 años ha llegado a constituir un problema serio. En los países del Norte, en los centros urbanos de más de 100.000 habitantes la criminalidad, en particular la pequeña delincuencia, ha crecido en entre el 3 y el 5% anual durante los años 70 a 90. A partir de los años 90, debido a políticas de prevención y de refuerzo de aplicación de la ley, la tasa de criminalidad urbana ha empezado a estabilizarse con excepción de la criminalidad de los jóvenes (12-25 años) y en particular la de los menores (12-18 años). Esta criminalidad se ha vuelto siempre más violenta y la edad de ingreso en la actividad delictual ha disminuido de 15 a 12 años.

En los países del sur, a partir de los años 80, la criminalidad común ha crecido y tiende a aumentar hoy en día, mientras, la violencia de los jóvenes crece de manera exponencial. Fenómenos como los niños de la calle, el abandono escolar y el analfabetismo, la exclusión social masiva, el impacto de las guerras civiles y el comercio ilegal de armas ligeras han acentuado este proceso.

Este aumento de la criminalidad se desarrolla en un contexto caracterizado por una parte por el crecimiento del tráfico y del abuso de drogas. Por otra parte coexiste con la globalización de la criminalidad organizada que contribuye a inestabilizar regímenes políticos, a incrementar los efectos de crisis económicas, como en Asia o en México en la década de los 90, y que incorpora algunos jóvenes delincuentes como mano de obra poco costosa.

E.- CARACTERÍSTICAS DE LA VÍCTIMA

La víctima sólo tuvo protagonismo cuando la venganza privada se aceptaba. Posteriormente se olvidó durante siglos. Hasta hoy.

Algunos autores piden que la víctima cobre más protagonismo en el proceso.

Una legislación futura debe estar más orientada a la víctima, y no ser considerada sólo como sujeto pasivo del delito, sino como agente provocador, interactivo.

Hasta ahora se tendía a la víctima como objeto de compensaciones. Ahora habría que considerar su papel como colaborador en la aparición del delito.

Para el Derecho Penal, la víctima es el sujeto pasivo del delito.

Criminológicamente, es un concepto parcial y también tiene un papel activo.

La Víctima es la persona lesionada en un bien jurídico protegido.

El Congreso de la O. N. U. sobre prevención del delito y tratamiento del delincuente (Milán, 1985), circunscribe el ámbito de la víctima a las condiciones legalmente penadas.

Sin embargo, desde el punto de vista criminológico existen daños no tipificados que pueden causar más daño que los tipificados.

Tipología de la víctima

El origen de la víctima puede ser múltiple y se señala la siguiente tipología (Landrove):

Víctimas no participantes: desconectadas previamente del victimario, son elegidas al azar. Ej.: tirón callejero o atentados en lugares públicos.

Víctimas participantes: la incitación de la víctima opera y desencadena, ya sea voluntaria o involuntariamente. Ej.; dejar a la vista cosas de valor.

Víctimas ocasionadas por relaciones próximas: familiares (malos tratos), sentimentales (asesinato por celos), laborales (explotación).

Víctimas sin conciencia de víctima: como, por ejemplo, en los delitos socio – económicos (estafas masivas de medicamentos, fraudes de seguros, especulación en bolsa). Afectan a la mayoría de la población, pero ésta actúa como si no fuera con ella.

Víctimas especialmente vulnerables o víctimas natas: las con gran probabilidad de convertirse en víctima en función de circunstancias de diversa naturaleza. Se distingue entre factores personales (edad, estado físico o psíquico, sexo, orientación sexual) y factores sociales (posición económica, ubicación de la vivienda, contacto con grupos marginales).

E.- VICTIMOLOGÍA Y VICTIMIZACIÓN

La victimología se ha definido en el simposio, en Jerusalén 1973. En este simposio se definió a la victimología como el estudio científico de la víctima.

Gulotta, 1976, entiende que la victimología es la disciplina que tiene por objeto el estudio de la víctima de un delito, de su personalidad, sus características biológicas, psicológicas, morales, sociales y culturales, sus relaciones con el delincuente y e papel que ha desempeñado en la génesis del delito.

La víctima siempre ha sido la gran olvidada, la Criminología siempre se ha centrado en estudiar al delincuente, la etología del crimen, la profilaxis del mismo, pero en ningún aso a la víctima hasta 1973. Incluso el Derecho Penal, todo el proceso penal gira alrededor del delincuente, pero la víctima aparece desprotegida cuando ésta necesita resocialización y reinserción.

A partir de la II Guerra Mundial, se produce la autoafirmación de la victimología. Esa desconsideración hacia la víctima tiene su razón de ser. La víctima había sido neutralizada ya que en momentos históricos la justicia punitiva se realizaba por la víctima, esta situación se ve superada a partir del siglo XVIII, cuando aparece el “Ius Puniendi” (derecho de castigar) por parte del estado. Esto supuso el enjuiciamiento de los delitos desde el punto de vista de la colectividad, es cuando la víctima cae en el olvido.

El delincuente despierta sentimientos de curiosidad, “ninguna víctima ha pasado a la historia”.

Los orígenes de este movimiento se deben a dos autores, Von Henting (alemán) y Mendelsohn (Israelita).

El mérito de Von Henting, es haber explicado de una manera clara la relación existente entre la víctima y el agresor, habla de “pareja criminal”. Es a partir de este concepto que se baraja la idea de que el hecho criminal no es más que una interacción entre el agresor y la víctima, hizo clasificaciones de las víctimas, también hizo un estudio psicológico de éstas.

Mendelsohn hizo también una clasificación y acuñó el término Criminología, divide a las víctimas en 5 grupos.

Víctimas totalmente inocentes: son aquellas víctimas que no han hecho nada para desencadenar la acción criminal, son totalmente ajenas a la actividad del delincuente.

Víctima provocadora: es la que con su conducta incita al hecho criminal.

Víctima por ignorancia: es aquella que da facilidades para su propia victimización sin saberlo.

Víctima voluntaria: pone de manifiesto una colaboración con el delincuente (eutanasia).



Víctima agresora: hay de dos tipos:

Simuladora, es aquella que acusa falsamente.

Imaginaria, inventa su propia condición de víctima cuando no se ha producido ninguna infracción.

Ahora bien, el interés por la victimología viene dado por tres factores:

1.- Se perfeccionan y proliferan las encuestas de victimización (encuestas que se realizan entre la población general). En el año 70 hay una proliferación de estas encuestas, permiten obtener datos reales sobre la población victimizada. Así disminuye la cifra negra de los delitos.

2.- Las feministas llaman la atención sobre la violencia que se dirigía hacia la mujer.

3.- Se debe a las aportaciones de la psicología social, que elaborará un conjunto de teorías que serán utilizadas para explicar determinados comportamientos y resultados victimológicos.

La victimología se preocupará por las indemnizaciones a las víctimas, elaborar y ejecutar programas de ayuda a las víctimas, realizará estudios para dar una mayor comprensión del fenómeno criminal, centrándose en la predisposición victimaria de determinadas personas, con el fin de elaborar programas de prevención.

Se habla de victimización primaria, secundaria y terciaria.

Victimización primaria

Es una experiencia individual, directa de la víctima en el delito. Esta experiencia supondrá diversas consecuencias en la víctima, de índole física, psíquica, económica, social, etc.

Tras la comisión del delito, los daños que pueda sufrir la víctima, no sólo pueden ser daños físicos, sino que también un severo impacto psicológico.

Tras una agresión, la víctima se siente impotente con miedo a que la agresión se repita (ansiedad, angustia o abatimiento), e incluso sentimientos de culpabilidad con relación a los hechos.

La respuesta de la sociedad no siempre es solidaria, en el mejor de los casos compasión.

Victimización secundaria

No es la relación víctima agresor, sino que, la relación de la víctima con el sistema jurídico penal.

Eso supone una segunda experiencia, puede ser más cruel que la victimización primaria, porque el contacto de la víctima con la administración de justicia, despierta sentimientos de índole variada (perder el tiempo, malgastar el dinero, ser incomprendida, no se le escucha, etc.)

En muchas ocasiones las víctimas tienen el sentimiento de convertirse en acusada (delitos de violación).

La victimización secundaria es más perniciosa que la primaria, es el propio sistema el que victimiza a quien solicita ayuda, justicia, protección.

Todo esto ha dado pie a diversos programas:

1.- Programas de asistencia inmediata: están dirigidos a paliar las consecuencias primarias del delito, los destinatarios son colectivos específicos (ancianos, niños, mujeres violadas). Suelen correr a cargo de la administración.

2.- Programas de reparación o restitución a cargo del propio infractor: es el infractor quien mediante el pago de una cantidad o la realización de una determinada actividad tratará de corresponder reparando el daño que ha causado. Este programa se introdujo en Gran Bretaña y en EE.UU., en el Código Penal español de 1995, se introduce este programa pero de forma difusa.

3.- Programas de compensación a la víctima: interviene la administración pública. Está basada en la idea de solidaridad social hacia la víctima inocente. Hay una necesidad de que el estado asuma unos costos, que tiene su origen en el fracaso del estado en la prevención del delito.

4.- Programas de asistencia a la víctima testigo: dirigidos a la víctima que ha de actuar como testigo en el proceso penal, se informa y asesora a la víctima testigo y al mismo tiempo se la protege de la coacción y del posible impacto negativo de los agentes del control social formal.





Victimización terciaria

Es una victimización del delincuente. En ocasiones el delincuente puede convertirse en una víctima institucional, en determinadas situaciones se le puede considerar víctima de unas estructuras injustas, circunstancias que le llevarán a la comisión del delito.

Esta marginación social es debida al interés de determinados grupos dominantes, con ello quieren seguir con esa posición de privilegio. Es con estos delincuentes con los que el Estado utilizará toda su fuerza.

Al hablar de victimización terciaria, se puede pensar que se produce una primera victimización debido a esas estructuras injustas, pero una vez que se entra en la prisión se produce la victimización penitenciaria, se produce fundamentalmente por el hacinamiento, sobrepoblación de los centros penitenciarios.

Al claro factor criminógeno de la cárcel, habría que añadir que también es un claro factor victimógeno. Al condenar a un individuo se le condena no sólo a la privación de libertad, sino que también se le condena a su propia victimización.

La victimización carcelaria, destaca por su crueldad, tratos vejatorios, dificultad laboral, la consecuencia es la ociosidad; el recluso tiene demasiado tiempo dedicado a la inactividad. Pero también hay agresiones sexuales, ley del terror y ley del silencio, existencia de mafias carcelarias, circulación de drogas.

Ante esta situación, no es de extrañar que el recluso recurra al suicidio o supuestos de anorexia. Hay una pérdida de interés, de iniciativa, de cualquier valor. No es de extrañar que los individuos estén dispuestos a matar, llegados a esta situación existe una responsabilidad de la administración.

F.- INSTANCIAS FORMALES E INFORMALES DEL CONTROL SOCIAL

El Control Social es el conjunto de instituciones, estrategias y sanciones sociales, que pretenden promover y garantizar el sometimiento del individuo a los modelos y normas comunitarias.

El uso originario del término Control Social se remonta a la segunda mitad del Siglo XIX en los EE. UU., encontrándose indisolublemente asociado a la impostergable necesidad de integrar en un mismo marco social las grandes masas de inmigrantes que como fuerza de trabajo acudieron a la convocatoria migratoria generada por el proceso de industrialización de la naciente potencia norteamericana.

La perentoria demanda organizativa de este cúmulo poblacional migratorio, caracterizado por su variada cosmovisión cultural, religiosa, etc., demandó la necesidad de localizar vías sociológicas de integración que superaran estas diferencias culturales y que a partir del desarrollo de normas comportamentales, garantizaran una convivencia social organizada.

A raíz de ello aparece el fenómeno del Control Social.

La paternidad científica de la expresión Control Social pertenece al sociólogo norteamericano EDWARD ROSS, quién la utilizó por primera vez como categoría enfocada a los problemas del orden y la organización de la sociedad, en la búsqueda de una estabilidad social integrativa resultante de la aceptación de valores únicos y uniformadores de un conglomerado humano disímil en sus raíces étnicas y culturales.

El sentido otorgado por ROSS a este nuevo concepto excluía, de cierto modo, los controles estatales, tanto legales como políticos, los que en la práctica demostraron su inoperancia para construir la necesaria armonía social. Desde esta perspectiva, la esencia controladora sería asumida por la sociedad a través de la interacción social persuasiva, de la cual se derivaba el modelamiento de la conciencia individual a las necesidades de su entorno, produciéndose entonces un proceso de asimilación e internalización individual de las normas culturales. El enfoque de este autor, radicó en una identificación única de las "necesidades culturales", concepción excluyente basada en la conocida cultura del W. A. S. P. (white-anglosaxon-protestant), constitutiva a su vez de los principios del "American way of life".

El control social es importante ya que en toda sociedad hay una lucha entre el individuo y la sociedad. La sociedad necesita ejercer su dominio sobre el individuo y despliega una gama de mecanismos que aseguren la conformidad del individuo a las normas sociales.

Hay dos tipos de control social:

Uno, de ellos informal que está constituido por la familia, escuela, trabajo, amigos, etc.

Y, a su vez, un control social formal constituido por policía, la justicia, por la administración penitenciaria.

El control social informal pretende, a través de sus agentes, condicionar la conducta del individuo a las normas sociales, pretende que el individuo interiorice unas pautas de comportamiento que son aprendidas y transmitidas de generación en generación, es cuando un individuo no aprende estas normas cuando entra el control social formal a través de la coacción.

El control social informal:

La familia: desde un punto de vista cultural, la familia constituye un grupo mínimo fuertemente organizado y está constituido por los cónyuges y los descendientes.

Se dan aquí dos tipos de relación, una relación entre cónyuges y una relación paternofilial, en la cual la figura del padre simboliza la autoridad y la dominación. Esta dominación y superioridad, se traslada al domino de las actividades económicas, junto con la relación conyugal, está la relación de los padres con los hijos, la madre es el elemento fundamental de las relaciones afectivas, el padre define el status familiar dentro de la sociedad, la madre como centro educativo y disciplinario. Para que este núcleo funcione uno de los dos miembros tiene que dedicarse a la organización.

El hombre desempeña una gran función, de esta manera atrae a la mujer y se reafirma su valor personal y su confianza en sí mismo.

La madre es el modelo de disciplina, quiere que sus hijos se conviertan en ciudadanos tolerantes que se adapten al mundo adulto. La madre tiene un gran problema, la niña, aprende directamente sus ocupaciones futuras, pero el niño no encuentra en el padre el modelo, el niño se da cuenta de la valoración interior de la mujer, descubre que se le está criando como mujer, eso explica que ante el hecho de que el niño observe los patrones de conducta de la mujer reaccione de manera violenta contra la disciplina de la madre. El padre ha perdido la capacidad de figura a imitar, aparecen otras instancias paralelas a la del padre (colegio, barrio, t.v., amigos...). El padre llega a ser una figura abstracta de autoridad que para mantener su status se ha de convertir en un “superpadre”, eso conlleva que el hijo acepte fácilmente toda forma de autoridad mientras sea presentada con fuerza.

La madre pasa de ser un ente amoroso, a planificar la educación de los hijos, racionaliza sus actitudes y el cariño que ha de dar a los hijos.

No es de extrañar que en el siglo XX el papel principal de la familia se centre en la función ideológica, en la transmisión de modelos de autoridad. La familia en el siglo XX ha formado para la sociedad una serie de individuos que desde la infancia están sometidos a la autoridad familiar, que en la época adulta valorarán la autoridad, la rigidez. Su visión de la sociedad se regirá con la convencionalidad, se valorará todo lo masculino, el poder y el poder de la propiedad.

Se produce la intolerancia hacia todos aquellos que no son igualmente fuertes y poderosos, se rechaza todo lo que es diferente, la mujer, las emociones, la pobreza, s rechaza la falta de conocimientos. De esta manera la fuerza del padre se realza.

La Escuela: es la segunda instancia de control social informal y reproduce la misma función autoritaria.

El maestro exige una serie de actitudes que han de ser aceptadas sin que el alumno pueda emitir ningún juicio de desaprobación y, si lo hace, será rebelde y esto es peligroso para los demás.

Plano laboral: sigue estando marcado por la autoridad, trascendencia que supone para el trabajador su empleo (salario, posibles ascensos).

Se juntan dos puntos, que el trabajador se sienta útil y la posibilidad de recibir un salario. En el mundo laboral se dan criterios de autoridad, los intereses de las instancias productoras y los intereses del estado van paralelos. Cualquier exigencia laboral, pasa a ser un ataque al orden social, será en realidad una acción criminal.

Las mayores garantías de éxito, no pasan por un endurecimiento del control social formal, pasan sobretodo mediante una adecuada conjunción de las dos instancias del control social, no ha de haber una supremacía de una sobre la otra.


III UNIDAD

FUNCIONES DE LA CRIMINOLOGÍA

A.- LA CRIMINOLOGÍA COMO CIENCIA EMPÍRICA E INTERDISCIPLINARIA

La metodología interdisciplinaria de la Criminología permite además coordinar los conocimientos obtenidos sectorialmente en los distintos campos del saber por los respectivos especialistas, eliminando contradicciones y colmando las inevitables lagunas.

Psiquiatría

Se ocupa de lo psíquicamente anormal, de sus formas de manifestación, causas psíquicas y corporales y de la posibilidad de tratamiento físico y mental.

La psiquiatría tiene un campo de aplicación amplio, se ocupa del fenómeno criminal de una forma marginal, será un aspecto de los muchos que estudia la psiquiatría. Los criminales representan un pequeño porcentaje.

La aportación de la psiquiatría es importante sobretodo en psiquiatría forense, donde la aportación de estos en un proceso penal determinará la imputabilidad criminal.

Psicología

No puede hablarse de psicología criminal independiente, debido a la rivalidad entre psicología y psiquiatría, estos han dejado la Criminología en un segundo plano.

La psicología trata de la vida psíquica y llamada normal, también abarca una multitud de campos siendo el campo criminal uno de los muchos que trata. La psicología forense tendrá una aportación importante no sólo en materia penal sino también en materia civil.

Sociología

El delito es una vulneración de las normas sociales. A partir de la II Guerra Mundial las teorías sociológicas cobran importancia.

Se centrará en todos aquellos aspectos que van a tener repercusión en el hecho criminal, se mantendrá por algunos sociólogos (Durkheim) que criminalidad y delincuencia forman parte de toda sociedad sana.

Etología

Ciencia que estudia comparando el comportamiento animal y el comportamiento humano. El error en que los etólogos caen es el tratar de extrapolar, todos los conocimientos obtenidos de los animales al hombre. No obstante es interesante cuando explica fenómenos como el miedo o la agresión, elección de pareja, comportamiento sexual de las especies.

Relación con disciplinas que se ocupan del crimen

Derecho Penal

Conjunto de normas jurídico – positivas reguladoras del poder punitivo del estado que definen como delitos determinados presupuestos a los que asignan ciertas consecuencias jurídicas denominadas penas o medidas de seguridad, consecuencias accesorias.

El Derecho Penal aparece como una ciencia normativa (debe ser) mientras que la Criminología aparece como una ciencia del ser. Así el Derecho Penal va a utilizar un método deductivo mientras que la Criminología utilizará un método inductivo y empírico.

Estas dos ciencias han mantenido unas posiciones específicas, lo cierto es que son ciencias inseparables. El Derecho Penal debe regular la conducta humana externa, así mismo protegerá unos bienes particularmente importantes en la vida social, con esto el Derecho Penal evitará la auto justicia, al mismo tiempo el Derecho Penal ejercerá una función de garantía y que no sólo protegiendo determinados bienes relevantes, también protegerá al individuo de posibles ataques ilícitos por parte del Estado.

El Derecho Penal si prescindiera de la Criminología se convertiría en una ciencia teórica alejada de la realidad criminal, llevaría a tener leyes ineficaces.

A su vez la Criminología necesita del Derecho Penal, se delimita el objeto de la Criminología, también el inicio del estudio de la Criminología delimitará que conducta es o no delictiva, esto marcará el objeto inicial del estudio de la Criminología.

La primera dificultad, es el propio concepto de delito, decir que la Criminología es aquella parte de la ciencia que se ocupa del estudio empírico del delito no es decir mucho, si no se indica lo que se entiende por delito, es el Derecho Penal quien marca el concepto de delito, también es cierto que la Criminología no puede limitarse ni depender de las cambiantes normas penales. En un principio tanto el criminalista como el penalista están subordinados al concepto legal de delito, el criminalista si ha de partir de ese concepto legal, en un momento determinado puede rechazarlo y de ese modo proponer cambios en las definiciones legales.

Hoy en día se considera que el objeto de la Criminología es el estudio de la conducta desviada y dentro de ella también el delito o la criminalidad.

La Criminología también se ocupará del proceso de definición y de la sanción de la conducta desviada. A su vez, todos los conocimientos que la Criminología aporta, han de encontrar su reflejo en el Derecho Penal, ya que el Derecho Penal es el que impregna el tejido social, impondrá el cumplimiento de unas normas, si la Criminología no encontrase este reflejo, no sería más que una ciencia teórica, no una ciencia práctica como es.

Hay una necesidad de que esos conocimientos se transformen o pasen a un marco legal, se necesita una normativización de los conocimientos criminológicos. Será la política criminal quien enlace estos conocimientos con el Derecho Penal.

Política Criminal

Pretende la exposición sistemáticamente ordenada de las estrategias, tácticas y medios de sanción social para conseguir un control óptimo del delito. Propondrá y determinará reformas del sistema vigente, criticando aquellas instituciones que se consideran político criminalmente inadecuadas o intolerables.

Su razón de ser es la renovación del Derecho Penal, reforma de la administración de justicia y reforma del sistema de penas. Política criminal y reforma del Derecho Penal son sinónimos.

La Política criminal es el puente necesario entre el saber empírico y la concreción normativa que es el Derecho Penal, la política criminal busca y pone en práctica los medios y las formas más adecuadas para hacer eficaces los fines del Derecho Penal.

Esta eficacia se va a conseguir cuando la política criminal le indique cuales son las

Para él, la conducta criminal responde a estos dos mecanismos: Mecanismos de contención y mecanismos de presión criminógena.

C.- TEORÍAS DEL ETIQUETAMIENTO O REACCIÓN SOCIAL (LABELLING APPROACH)

Consideran que no se puede comprender el delito prescindiendo de la propia relación social, del proceso social de selección de ciertas personas y las conductas etiquetadas como criminales.

Desde la teoría del etiquetamiento se sostiene que el delito no se define por el acto, sino que es una consecuencia de la norma y sanción aplicada al sujeto llamado "delincuente"; "el desviado es una persona a quien el etiquetamiento le ha sido aplicado con éxito, por lo que el comportamiento desviado es el que se etiqueta como tal".

Otros dos elementos estudiados por Becker son los mecanismos sociales que tienden a consolidar al sujeto transgresor en el status de delincuente, así como la permanencia en ese rol: "carrera criminal".

Un elemento central de la teoría es el énfasis de considerar la dependencia y valoración de la sociedad en la construcción de la norma y el delito, ya que este no tiene una existencia ontológica, sino que evoluciona históricamente según coordenadas espacio-temporales. La criminalidad que existe en lo social es aquella surgida del establecimiento y aplicación de la norma.

Es ilustrativo el desarrollo práctico de la teoría del etiquetamiento que realiza Carlos Elbert diciendo que "un niño con malos antecedentes escolares, que luego es internado en un reformatorio y finalmente detenido por un delito, habría caído en esa situación como consecuencia de un proceso de etiquetamiento que le predisponía y conducía a alcanzar el rol delincuencial que le será asignado fatalmente". La asunción del rol atribuido puede derivar en la comisión habitual de delito, iniciando la carrera criminal.

En lo relativo al estigma que se crea sobre los adolescentes en conflicto con la ley penal, este es claramente selectivo ya que "funciona plenamente en los casos donde el delincuente pertenece a áreas marginadas, es difuso cuando se trata de los sectores medios pero se torna inexistente cuando pertenece a los sectores altos."

Por tanto, el delito y la reacción social aparecen como término interdependientes, inseparables, recíprocas.

La marca de la persona de conducta desviada no es nueva, y desde los inicios siempre se ha tratado de buscar en el criminal una marca que lo distinga.

El Derecho Penal clásico lo enlazaba con el hecho punible, y la antropología criminal lo centraba en la personalidad del autor. Las malformaciones cromosómicas serían como medio de conocimiento del delincuente.

La estigmatización sólo significa diferenciación, destacar de forma más o menos clara a determinadas personas y adscribir la explicación de su conducta.

El problema del control de la conducta se simplificaría si se pudiera conocer de forma clara el círculo de personas peligrosas socialmente por características fácilmente identificables. La búsqueda de esas marcas ha producido grandes abusos (judíos, cristianos).

Cuando tiene lugar una estigmatización aparecen consecuencias destructivas para los afectados y para sus familias.

Para los autores más representativos, las conductas irregulares están repartidas con una gran igualdad entre todas las clases sociales de la población, pero posteriormente los mecanismos sociales conducen a una desigual distribución del riesgo de ser detenido, condenado posteriormente, y esos mecanismos sociales son los que etiquetan al individuo.

Una pequeña aparte de los autores opina que en la clase inferior no existe una criminalidad propia, pero ocurre que esta criminalidad es creada por los llamados “procesos de atribución”.

Las normas son reglas de comportamiento elaboradas por los grupos sociales, si una persona viola estas normas será considerada como desviada desde el punto de vista del grupo. No interesan las causas de desviación, son el proceso de criminalización. Una persona se convierte en desviada cuando otras personas más significativas la etiquetan como tal.

Se les critica que no se ocupasen de los orígenes de la criminalidad y sólo centran su estudio partiendo de que es el grupo social dominante el que etiqueta al individuo.

El control social es el que crea la criminalidad. El interés de la investigación se desplaza desde el desviado y su medio hacia aquellos grupos que lo definen como desviado. Van a analizar los mecanismos de funcionamiento del control social y las carencias no las buscan en los individuos controlados sino en aquellos que ejercen el control.

El individuo pasa a convertirse en víctima de los procesos de atribución y definición.

Un conducta no es delictiva por sí misma, ni su autor será un criminal por merecimientos objetivos, son que depende de ciertos procesos de definición y atribución y selección al mismo tiempo.

Los agentes del control social formal, no detectan o declaran el carácter delictivo de un comportamiento, sino que lo generan o producen al etiquetarlo así.

El control social es altamente discriminatorio y selectivo, esa etiqueta de criminal es repartida por los mecanismos de control con el mismo criterio de distribución que otros bienes (fama, riqueza...) y ese criterio es el status y el rol de las personas.

Las posibilidades de que un individuo pueda ser etiquetado como delincuente, no dependen tanto del delito cometido, son que más bien dependen de la posición que ocupa el individuo en la pirámide social.

Si en una sociedad alguien posee poder para establecer normas (que determinen la moralidad media), también tiene poder para escapar a esas normas.

Los procesos de aplicación de la ley penal constituyen los mecanismos de distribución de la propiedad negativa criminal.

8.- CONDUCTISMO

Los orígenes del conductismo se asocian a la escuela reflexiológica rusa y a su más conocido representante: Iván Pavlov.

Según este autor, si los reflejos no son únicamente congénitos, pues los hay adquiridos por aprendizaje, cabe concluir que todos los hábitos adquiridos son respuestas condicionadas.

Así, la conducta anormal es una respuesta inadecuada ante el medio.

a) Biológico conductual (condicionamiento del proceso de socialización)

Se trata de la Teoría Conductista la que achaca la etiología del crimen exclusivamente a factores externos, estímulos y refuerzos porque entienden que las pautas de la conducta habitualmente atribuidas a factores internos pueden inducirse, eliminarse y reestablecerse modificando las influencias externas del medio.

La mayor parte de los hechos delictivos constituyen conductas adquisitivas, que se adquieren, en esa adquisición no se requiere ningún tipo de técnica especial, lo que va a interesar es el porqué algunos individuos no inhiben ciertas conductas que son socialmente inhibidas.

Aparece como la consecuencia de fallos o deficiencias en el condicionamiento del proceso de socialización.

El comportamiento social se adquiere a través de un proceso de condicionamiento en el aprendizaje de las conductas de socialización, el niño aprende a inhibir las respuestas antinormativas mediante el establecimiento de una serie de repuestas emocionales condicionadas ante estímulos asociados a la conducta antisocial.

Como resultado de este aprendizaje, los actos antisociales se verán asociados con un estado aversivo de miedo producidos por el castigo. Serán los miedos condicionados los que van a constituir un freno a la conducta antisocial. El niño no llevará a cabo una conducta que ha sido previamente castigada. La falta de socialización ocurre en individuos a los que les alta la habilidad para adquirir respuestas condicionadas en general.

b) Socio conductual (aprendizaje social)

La Teoría del Aprendizaje Social es una variante del conductismo, muy próxima a las teorías sociológicas del aprendizaje por transmisión cultural.

Consideran que la adquisición de las pautas, modelos criminales se producen mediante el aprendizaje evolutivo que descarga en la observación e imitación del comportamiento criminal entre otros.

Freud en “Psicopatología de la vida moderna” dice que son meros actos o palabras fallidas, lapsus; cada acto tiene una explicación, las teorías del aprendizaje se oponen a las psicoanalistas, que sostienen que muchos actos obedecen al inconsciente.

Puntos de esta teoría:

Casi toda la conducta es aprendida.

Las leyes que gobiernan este aprendizaje pueden conocerse y medirse.

Tanto la conducta normal como la anormal, se adquieren mediante los mismos mecanismos normales de aprendizaje. El crimen representa un conjunto de actos aprendidos por el individuo.

Se dice que el sujeto no nace violento, sino que lo aprende a través de las vivencias diarias, de la interacción con los demás.

Un elemento que avala esta teoría es el acuerdo, por parte de los psicólogos, en la no conveniencia de que los niños vean programas violentos en la televisión, ya que contemplan como otros individuos consiguen alcanzar objetivos mediante la violencia, e incluso son recompensados. Si un niño asocia violencia con recompensa es fácil que aprenda a actuar violentamente.

Los factores biológicos y psicológicos pueden predisponer al individuo, pero el factor definitivo de las tendencias criminales se debe al entorno socio – ambiental.

En la conducta antisocial será muy importante el aprendizaje en base a modelos, no solo se aprende en base a recompensas y castigos sino también de lo que e observa en otros miembros de la comunidad, y así las respuestas punibles pueden aprenderse “viendo lo que les pasa a los otros”, se aprende, se adquiere una experiencia propia a través de los éxitos y equivocaciones que observamos.

El castigo produce una inhibición de posibles conductas cuando comprobamos las consecuencias negativas que les produce a los demás.

c) Factorialistas (rasgos y variables de la personalidad)

Estas Teorías pretenden explicar el contenido de ciertas conductas en base a rasgos de la personalidad, que se irán recogiendo en test y van a permitir comparar grupos y subgrupos de delincuentes.

Se señala que los delincuentes suelen presentar alguno de los siguientes rasgos:

Conciencia débil
Escaso sentimiento de culpa
Rechazo de la autoridad
Tendencia al agrupamiento con otros delincuentes
Impulsividad
Mínimo autocontrol

De todas las características que se pueden presentar hay una a la que se le ha prestado gran importancia, la inteligencia.

Al hablar de delincuencia e inteligencia se plantea la gran interrogante, ¿son los delincuentes menos inteligentes?.

No puede afirmarse que los delincuentes sean menos inteligentes, se constata la presencia de delincuentes brillantes. Es obvio que hay delitos que requieren para su comisión un alto grado de inteligencia.

9.- TEORÍAS DE LA FRUSTRACIÓN - AGRESIÓN

Estas teorías se elaboran sobre la base de la exploración de la reacción de los negros ante las frustraciones experimentadas en una comunidad del sur de Estados Unidos.

Las teorías son una combinación entre conceptos psicoanalíticos y principios conductistas y apuntan a la estrecha relación existente entre frustración y su consecuencia necesaria de agresión directa o indirecta.

El postulado básico es: la conducta agresiva siempre presupone la existencia de frustración y, por el contrario, la existencia de frustración siempre conduce a alguna forma de agresión.


Todo individuo podría actuar criminalmente pero se ve neutralizado por los vínculos sociales que le van a solicitar que tenga una actitud conforme a derecho, y servirán de dique a cualquiera. Cuando fracasan sus mecanismo de control, se produce un quiebre y ello conduce al crimen. Se plantea si todo individuo cuenta con el potencial necesario para violar las leyes y la sociedad ofrece varias opciones.

¿Por qué se obedecen las leyes? Según la escuela clásica la respuesta es por el miedo y por los vínculos existentes entre personas interrelacionadas íntimamente.

Aparece la teoría del arraigo social (representada por HIRSCHI), que pertenece a las llamadas de vinculación y consideran que ésta es lo que hace que el sujeto se ajuste a derecho. La consulta viene determinada por el vínculo emocional que une al individuo con personas significativas.

En este vínculo descansa el compromiso frente a los demás. Cuando se rompe el vínculo aparece la criminalidad. Piensan que el delincuente puede ocasionar más consecuencias dañinas en las relaciones con otras personas y también con instituciones y es el miedo el que frena al individuo. El crimen sería el resultado de un debilitamiento de las relaciones.

Hay cuatro factores que determinan el arraigo en la sociedad:

1.- Apego y la consideración hacia personas. La falta de estos hacia determinadas personas (característica de la personalidad psicótica) va a conducir hacia una falta de respeto hacia los demás).

2.- Identificación y compromiso con los valores convencionales.

3.- La participación en actividades sociales. El ocio y la desocupación pueden potenciar una actitud delictiva. La vida social supone un alejamiento del delito.

4.- Las creencias suponen un importante freno al delito, ya que supone un respeto hacia los derechos de los demás.

El Control Social, por otra parte, puede analizarse desde dos puntos de vista distintos:

1.- Desde el punto de vista del individuo social, considerando en forma abstracta al hombre en su naturaleza social, pero alejado en el momento presente de la influencia del grupo. El hombre vive en grupos, interactúa con los demás individuos en el grupo e interactúa con los grupos.

Es así, durante su proceso de socialización, que se configura su naturaleza social. La sociedad nos "educa" para sus fines: nos dice cuáles son las metas que debemos buscar (metas sociales), y también cómo y por qué caminos lograrlas. Sabemos, por lo tanto, lo que la sociedad no comparte como metas y los caminos o vías proscriptas para sus fines.

Mediante el proceso de socialización, la sociedad busca encaminarnos al camino "correcto". Los alejamientos o desviaciones de ese camino, deben, por lo tanto, estar previstos por la sociedad o el grupo y, por supuesto, deben estar sancionados. Estas previsiones y soluciones componen también el proceso de socialización, de forma tal, que al igual que las normas, forman parte de nuestros pensamientos. Hemos asumido, hemos interiorizado, las pautas sociales (esto, por supuesto, en la gran mayoría.

Según la teoría de la interacción simbólica, el control social depende de la capacidad del hombre para ser objeto a sus propios ojos y para asumir el papel del otro.

Esta interacción propia y esta empatía hacen que el control social sea, excepcionalmente, una cuestión de dominio de sí mismo.

Debido a que la persona "asume el papel del otro", sabe lo que se espera de él. Al ser un "objeto de sus propios ojos" y capaz de interacción propia, puede detenerse y reflexionar, imaginar las probables reacciones de los otros a sus posibles acciones, reprimir sus impulsos y orientar su conducta. Obra para defender y realzar la propia imagen que ha sido formada en la interacción social. En la madurez, su conciencia incorpora para el otro generalizado como una serie de principios, y de este modo empeña su propia imagen.

Las sanciones internas han reemplazado al temor de ser castigado por haber violado los tabúes o normas de la sociedad.

2.- Desde el punto de vista del grupo, pues se sabe que un grupo está formado por un conjunto de personas que tienen fines o metas comunes, etc., pero, para este tema, dos de sus características son fundamentales: tiene o establece normas para sus integrantes, normas sancionadas, y es selectiva.

Todo grupo tiende a su perpetuación, a mantenerse a través del tiempo y las personas. Es por ello que escoge a sus componentes (siempre que sea posible) y trata de amoldarlos a sus exigencias, para lo cual establece normas o pautas de conducta que en caso de ser voladas acarrean una sanción más o menos grave (puede constituir en la expulsión del grupo.

Podemos decir, entonces, que el control social del grupo se realiza por medio de la enseñanza de esas normas y por la aplicación de las acciones correspondientes. Todo ello constituye la cultura: es el conjunto trabado u organizado, más o menos formalizado, de maneras de pensar, sentir, y obrar que son aprendidas y compartidas por una pluralidad de personas, sirven de modo objetivo y simbólico a la vez para constituir a esas personas en una colectividad particular y diferente.

Dentro de la cultura encontramos pautas ideales de comportamiento, modelos o metas, y por otro lado pautas reales de comportamiento, éstas constituyen la conducta común de los individuos, las costumbres. La distancia entre estas dos clases de pautas debe ser mínima y a eso contribuyen las sanciones. La gran distancia lleva a la anomia y a la desviación social.

La concepción que toda sociedad se configura como un sistema de relaciones sociales (Parsons 1959) no excluye y, por el contrario, enfatiza el papel que el derecho cumple en la integración social.

10.- INTERACCIONISMO SIMBÓLICO

Por otro lado el interaccionismo simbólico concibe al individuo como activo frente a la sociedad de la que es parte. La comunicación es un elemento central de la interacción individuo-sociedad, valiéndose de los símbolos como el lenguaje para interpretarla. Esta es una teoría de la "significación, conforme a la que los seres humanos buscan cosas según el significado que tienen para ellos, en medio de constante interacción social.

El interaccionismo simbólico plantea una idea de orden y progreso basada en el consenso que implica la comunicación para el autocontrol de la persona.

TIPOS DE DELINCUENCIA EN CHILE

En Chile encontramos al menos 5 tipos diferenciales de delincuencia:

(1) Un tipo de delincuencia urbana masculina extrema: característico de las grandes urbes industriales y comerciales. Este tipo de delincuencia concentra en la actualidad un 90% de los delitos contra la propiedad; presenta la más alta reincidencia y habitualidad delictual comparativa.

Es el único tipo de delincuencia que se caracteriza por sustentar una contracultura compleja, directamente asociada a una economía contractual, redistributiva violenta.

Presenta roles laborales bien definidos (para ellos robar es un trabajo, es decir, lo perciben como un trabajo) y una estratificación social alternativa a la normativa: un Código Ético, un Código Penal, un lenguaje diferencial (coa); una música específica, especialmente, la importada por los ladrones internacionales o europeos.

El 98% de ellos pertenece al estrato bajo y la mayor parte de ellos son jóvenes y solteros.

(2) Un tipo de delincuencia rural masculina no-mapuche: este tipo de delincuencia es característico de las áreas ecológicas rurales tradicionales y particularmente de aquellas con economías de cuasi autosubsistencia.

Concentra un 79% de delitos específicos predominantes, el homicidio y la violación en el marco de la subcultura rural tradicional.

En estas áreas ecológicas rurales tradicionales, el delito de homicidio se asocia a riñas con alta ingestión de alcohol enmarcadas en una subcultura machista y violenta, donde la ofensa es sancionada drásticamente con la venganza y la mancomunidad penal. Carecen de asociación diferencial, no presentan ningún tipo de contracultura y sustentan bajos grados de modernismo mental, bajísima reincidencia y habitualidad delictual.

(3) Un tipo de delincuencia rural masculina mapuche: este tipo de delincuencia concentra en términos similares al tipo de delincuencia rural masculino no - mapuche, un 74% de delitos contra las personas, la familia y la moral. Sin embargo, casi no presenta delitos sexuales, alcanzando la cifra más baja comparativa, de 4%, dada una mayor permisividad sexual existente en la cultura mapuche.

Los homicidios se relacionan predominantemente con las consecuencias del proceso de conquista, que asume diversas formas, entre ellas, la uti1ización del alcohol metílico durante la "pacificación" y en consecuencia la adquisición de conductas de consumo de alcohol patológicas, problemas legales e ilegales de pérdidas de tierras asociados, según ellos, a la usurpación histórica de éstas, problemas con la justicia relativos al acceso a ella (por problemas de dinero), al idioma (no le entienden al juez y éste no les comprende), al prejuicio (según ellos la justicia favorece al huinca) y a la acción inescrupulosa de algunos de sus representantes, etc. Se relacionan además situacionalmente con expresiones culturales propias (Código Penal) y radicalmente con problemas derivados del choque cultural. Muchos mapuches no entienden por qué están presos "si dieron su merecido al huinca ladrón" (Cooper. D. 1989).

(4) Un tipo de delincuencia urbana femenina: sujeta a un proceso de modernización que implica una creciente participación entre delitos contra la propiedad, los que fluctúan entre 50% y 79%, dependiendo del grado de urbanización e industrialización de la urbe.

Sin embargo, predominan aún como delitos específicos aquellos asociados directamente a la subcultura femenina, como los parricidios y homicidios (de cónyuges o convivientes por largos años de malos tratos físicos), infanticidios y abortos.

El comportamiento de la mujer en delitos contra la propiedad también adquiere en general la forma asociada a la subcultura tradicional femenina, participando particularmente como cómplice, señuelo o encubridora de varones autores, a los cuales las unen lazos efectivos o de convivencia.

Sin embargo, crecientemente la mujer se incorpora a la contracultura del hampa, participando activamente como ladrona y sustentando los mismos valores de los ladrones varones urbanos, como lo hemos podido detectar empíricamente en la investigación que nos encontramos desarrollando en la actualidad (1994). Nos ha sorprendido descubrir como la mujer - al igual que el hombre ladrón - se autodefine y autopercibe como "ladrona-ladrona", - con gran orgullo y sustenta especialidades delictuales que percibe como "trabajo".

Presentan en general baja reincidencia, baja habitualidad delictual y bajo modernismo psicosocial, salvo las ladronas profesionales. La participación en la contracultura es generalmente indirecta, a través de sus compañeros efectivos, pero todo indica que la mujer se moderniza e independiza crecientemente, incluyendo en este proceso la conducta delictual de las mujeres ladronas.

(5) Un tipo de delincuencia rural femenina: que concentra un 79% de delitos contra las personas, la familia y la moral, específicamente femeninos y que en zonas rurales tradicionales extremas llega a un 65% de delitos que implican matar.

Los delitos predominantes son el parricidio (del cónyuge) y el homicidio (del conviviente), por malos tratos físicos durante largos años de convivencia familiar. El tercer tipo de víctima corresponde a los hijos.

LA TOLERANCIA CERO


La seria preocupación creada en la ciudadanía y los medios políticos chilenos por el incremento tangible de la delincuencia, y la violencia que frecuentemente caracteriza los hechos delictivos, ha llevado a muchos a clamar por soluciones nuevas y diferentes para este problema. La más publicitada ha sido la llamada Tolerancia Cero.

Este sistema ha sido repetido en Inglaterra, Australia, Argentina, Brasil y otros países.

El creador de este método policial, es William Bratton, ex Comisionado del Departamento de Policía de la ciudad de Nueva York (NYPD) y que se ha transformado en un exitoso consultor internacional.

El término como actitud

Al examinar la reciente autobiografía de William Bratton, se describe su carrera de administrador policial y las estrategias que le permitieron hacer el "giro" total de la policía de Nueva York en su modo de operar y enfrentar la realidad delictiva.

El origen del término “Tolerancia Cero” parece estar dentro de la esfera de relaciones públicas del gobierno de Ronald Reagan. Este, puso esta frase en circulación en la década de los 80, para subrayar la actitud de intolerancia total dentro de su política antidrogas. Reagan, marcó así, un hito personal en la entonces última de muchas "guerras" antinarcóticos que desde Nixon los presidentes iniciaron.

La expresión "Zero Tolerance", con su resonancia fonética, se infiltra en otras áreas del quehacer público (como la educación y la administración laboral).

Eventualmente, el no suscribir una política de "zero tolerance" significa ser débil e incapaz de manejar tanto una escuela como un departamento de Policía. El término llega a ser la actitud: la actitud correcta es declararse intolerante.

Desde el ángulo académico, surge la otra vertiente de esta doctrina de intolerancia o mano dura dentro de los servicios policiales.

En 1982, se publica “Ventanas Rotas”, un artículo sobre el descalabro social y delictivo urbano norteamericano.

Sus autores, James Q. Wilson, un cientista político de derecha y George Kelling, un criminólogo, declaran que tolerar las conductas incivilizadas que se manifiestan en crímenes menores o faltas municipales (ebriedad pública, prostitución, mendicidad) es crear el miedo ciudadano. Las autoridades policiales, al no actuar, indican a la comunidad y a los delincuentes que la situación y condición del orden público dentro de ciertas áreas no tiene importancia para ellos.

Consecuentemente, aumenta el miedo y se envalentonan las acciones de los depredadores sociales.

Kelling, cree también que tanto el problema del crimen como el de las conductas antisociales que ocurren en las calles y espacios públicos, han sido objeto de un fenómeno que él denomina “depolicing”. Este es, básicamente, la aceptación de la anarquía urbana por parte del gobierno y la policía. Esta actitud, producto de una permisividad cultural extrema, proclama que las causas de la delincuencia tienen orígenes complejos sobre los cuales la policía tendrá poca o ninguna influencia.

La metáfora de “las ventanas rotas” sugiere, entonces, un proceso de deterioro que empieza cuando se permiten las ventanas rotas en un edificio. Este deterioro atraerá más vandalismo y pronto el edificio y luego el barrio entero se vendrán abajo.

Con esta nueva política impuesta por Bratton, primero a cargo de la policía del metro neoyorquino, y luego como Comisionado de Policía de la ciudad, de no ignorar, sino, por el contrario, atacar las faltas y los delitos menores con un arresto físico en lo posible, el policía promedio ya no ejercita la llamada "discreción policial".

Esta drástica reacción policial, es la que parece verse como la totalidad y la efectividad de la “Tolerancia Cero”.

Estrategia discriminatoria

Dos hechos sorprenden al examinar evaluaciones sobre la tolerancia cero. El primero, es que no existen estudios ni comentarios especializados o policiales que se pronuncien en forma positiva sobre esta doctrina.

Las evaluaciones especializadas concluyen, en forma casi unánime, que la táctica policial de responder con un arresto a las infracciones menores, tiene resultados negativos, a menudo discriminatorios, ya que frecuentemente conlleva acciones violentas por parte de los policías. Pero, más importante aun, la estrategia parece producir la separación antagónica entre la policía y la comunidad que todos, incluyendo la policía, ven como negativa.

El segundo hecho es que la tolerancia cero es, hoy día, una teoría huérfana. Sus creadores niegan una relación directa con ella.

Bratton señaló que "Nueva York nunca aplicó la tolerancia cero; lo que aplicó, fue una policía comunitaria".

John Kleinig, uno de los principales especialistas universitarios en ética y moralidad dentro del ámbito y misión policial, ha escrito recientemente sobre la necesidad de examinar los costos cívicos y morales asociados al crear lo que él llama "un medioambiente sanitizado y libre de molestias".

Para Kleinig, esta doctrina reforzará y exacerbará la estratificación social existente, sin proteger a la mayoría de la ciudadanía, la cual reside en los estratos menos protegidos y pudientes de la urbe. En lo que se refiere al crimen de "cuello blanco", este seguirá teniendo una baja prioridad.

CRIMINOLOGÍA CONTEMPORÁNEA

El surgimiento de las primeras discusiones relativas al término de peligrosidad social, se remontan a finales del siglo XIX y a principios del Siglo XX en Europa en el marco de las manifestaciones de la crisis del capitalismo liberal. El delito busca su complementación en el término peligrosidad social.

Concretamente, en Italia surge el concepto de peligrosidad social inspirada en la Escuela Positiva cuyo referente es el orden social natural; de allí la percepción de que los conflictos sociales constituyen problemas del individuo que, además, debe respeto al todo, en tanto el cumplimiento de las leyes y normas para garantizar la armonía de la sociedad.

Existen cuatro tendencias o enfoques en el pensamiento criminológico:

1.- La que se conoce como la corriente interaccionista o sociológica, que parte del precepto de que la sociedad selecciona los delincuentes;
2.- La tendencia clínica que como su nombre lo indica, se orienta al estudio clínico y, concretamente, en el tratamiento de los delincuentes en base a la investigación de la personalidad criminal, su tipología etc.;
3.- La política criminal identificada por el estudio de la criminología como ciencia de la defensa social; y
4.- Finalmente la corriente de la llamada criminología crítica que surge como respuesta a las anteriores partiendo del cuestionamiento a la criminología misma y promoviendo una nueva.

Las ideas que en torno a la criminología contemporánea o criminología crítica se han planteado son las siguientes.

La Criminología Crítica, es entendida como la tendencia jurídico - penal y de la sociología criminal desarrollada en los últimos veinte años como instancia crítica de la justicia penal vigente en el mundo occidental.

Se le atribuye a la criminología crítica haber promovido en el mundo académico una revolución científica; el giro al estudio de las causas de la criminalidad partiendo de la denuncia a la justicia penal marcada, desde esa perspectiva, por su selectividad a favor de las clases pudientes así como el tratamiento político de lo delictivo, lo que le ha asignado, además, el carácter de ciencia política a esta corriente de pensamiento.

Esta tendencia tiene diversas expresiones en el llamado Neorrealismo de Izquierda, el Derecho Penal Mínimo y el Abolicionismo del sistema penal.

1º. En el Neorrealismo de izquierda se identifica a los promotores de la Criminología crítica o nueva, ubicando su nacimiento en Inglaterra y los Estados Unidos en el año de 1968 en el marco de la organización de la Conferencia Nacional de la Desviación.

Se destacan entre otros a Young, Lea, Taylor Kinsey, Mathews, Platt Tagaki y, en Latinoamérica, a la conocida y muy destacada socióloga venezolana Rosa Del Olmo.

Como su nombre lo indica, surge como una crítica al idealismo que caracterizaba a la disciplina, de allí el calificativo de neorrealismo, y, posteriormente, como respuesta a la tendencia neorrealista surgida en los años 80 coincidente con las campañas de "Ley y Orden" promovidas por el Presidente norteamericano Ronald Reagan y la Primer Ministro de Inglaterra Margaret Tacher.

Entre los Principios rectores del neorrealismo de izquierda se señala que:

A.- La criminología debe regresar al estudio de las causas del delito;

B.- Se resalta la necesidad de elaborar una Sociología de la Desviación concibiéndose al delito desde esta perspectiva, es decir como una manifestación de las injusticias sociales que promueven la exclusión responsabilizando al Estado de la marginación de amplios sectores de la población;

C.- La pobreza, el individualismo y la competitividad constituyen entre otros los factores que estimulan el delito; éste es definido, además, como "intraclasista" ya que enfrenta a los pobres entre sí "olvidando al enemigo principal como lo es la naturaleza injusta de la sociedad", contribuyendo a la "desintegración de la clase trabajadora, disminuyendo su capacidad de lucha".

2º. La corriente identificada como el Derecho Penal mínimo, surge en Europa y es la que mayor influencia ha ejercido en América Latina; se orienta hacia la reducción de la pena con intención de abolirla.

Plantea que las "clases subalternas" son las más criminalizadas y las más victimizadas.

Parte de una crítica al sistema penal y plantean su abolición, para unos, de la cárcel y, para otros, del sistema penal total, pero deberá transitar por un período en el que paulatinamente vaya reduciéndose al mínimo.

Se trata de identificar las causas del delito desde dos aspectos fundamentales: De una parte, del conocimiento de los procesos de criminalización y, por otra parte, la identificación de los comportamientos socialmente negativos.

Señalan la importancia y la necesidad de la interdisciplinariedad interna (propio de la sociología jurídico - penal) y de la interdisciplinariedad externa es decir, del tratamiento de lo penal desde otras disciplinas.

Consideran que una eficiente política criminal requiere de profundas transformaciones sociales e institucionales que garanticen la igualdad y la democracia.

En ésta corriente de pensamiento se encuentran Baratta, Ferrajoli, Melosi, Bergalli, Aniyar de Castro, Raúl Zaffaroni, Fernández Carrasquilla y Sandoval entre otros.

3º. Los llamados Abolicionistas del sistema penal, se oponen al manejo de los términos "delito" y "peligrosidad" ya que consideran que su utilización por el derecho y la justicia penal se hace en función de una concepción que considera estos hechos "como algo natural"; destacándose además, la utilización de éstos conforme a los intereses de clase y de quienes detentan el poder.

Se señala que los orígenes de esta corriente se ubican en el siglo XVIII en el marco del debate en torno a la prisión como pena; quienes abogaban por éste, lo hacían motivados a erradicar las prácticas de castigos físicos característicos de la época.

No obstante, no es sino hasta el año de 1983, cuando aparece como movimiento en el Congreso Mundial de Criminología celebrado en la ciudad de Viena.

Se destacan como representantes de esta corriente a Bianchi, Mathiesen, Christie, Hulsman y Steinert.

Como alternativa al sistema penal plantean:

A) El manejo de nuevos términos, tales como, implicados, situaciones, problemas, penitencia y deuda entre otros.
B) Justicia consensual en la que se reivindica valores propios de las sociedades primitivas.
C) Sistema que garantice la igualdad de condiciones en el marco de un proceso en donde las decisiones dependen de los implicados.
D) Justicia conciliatoria a fin de evitar las causas que reproducen la violencia.

Luego de este breve repaso en torno al debate planteado en los últimos años en el marco de la llamada Criminología crítica, conviene señalar que desde hace muchos años la ley y el delito, en tanto reglas sociales y sociedad, eran temas de interés de destacados filósofos y pensadores de la historia.

Platón desde el punto de vista filosófico consideraba al delincuente como un enfermo, y a la pena como una necesidad para su erradicación y salud social.

Otros como Tomás de Aquino(1225-1274), Hobbes y Beccaria (1774) también emitieron juicios en torno a estos términos.

No podemos dejar de destacar a Durkheim y a Marx. El primero de ellos, consideraba que la Ley era el reflejo de la conciencia social de una sociedad; en cambio Marx, como el instrumento de la burguesía para controlar el poder.

La visión del delito y la ley, como fenómeno político y de control social, no es exclusiva de estos pensadores.

Dahrendorff (1959) señalaba que la coherencia y el orden en la sociedad se fundamentan en la fuerza y la coerción, en la dominación de algunos y el sometimiento de otros.

A modo de reflexión se puede inferir, entonces, que los Códigos Penales que rigen hoy en nuestros países, son, por una parte, reflejo de nuestra sociedad y de su capacidad de asimilar las nuevas realidades, y por otra parte, de su voluntad de redefinir sus instrumentos y modernizar sus instituciones que hagan viable operar los cambios que deberán estar orientados a procurar la justicia social y garantizar el respeto a la dignidad humana.




________________________________________
* En noviembre de 1872, Lombroso realizó una autopsia en el cuerpo de Giuseppe Villella, un viejo calabrés que él había examinado ya en la prisión el año anterior.

La autopsia que Lombroso realizó en el cráneo de Villella reveló una anomalía en la estructura craneal, una concavidad lisa en el área occipital descrita como la foseta occipital mediana.

El descubrimiento de la foseta convenció a Lombroso que esta anomalía no estaba presente en individuos "normales", sino, solamente en los cráneos de locos y de criminales y esa es la "prueba" que los criminales llevan: insanos, criminales, individuos salvajes, humanoides y el comportamiento irregular de toda especie, criminal y psiquiátrico tiene una sola causa atavistica.

Los estudios en la causa del crimen y de la teoría del crimen atavistico se contienen en el volumen (hombre criminal) publicado en 1876, año en el cual Lombroso se movió a Turín para tomar la cátedra de medicina forense en la universidad.

Él instaló, más adelante, un laboratorio que debía convertirse en la fragua para el suyo. Investiga en medicina forense y antropología criminal.

Lombroso modificó posteriormente parcialmente su teoría original del hombre criminal.

Giuseppe Villella , viejo, sospechado de bandidaje y condenado tres veces por hurto y delito de incendio,fue examinado por Lombroso durante una visita que él pagó en la Penitenciaría en que Villella estaba.

Después que él muriera en la prisión, en noviembre de 1872, Lombroso realizó una autopsia en su cuerpo. La examinación anatómica del cráneo de Villella reveló una anomalía craneal que Lombroso describió como "foseta occipital mediana, un espacio ocupado normalmente por la cresta occipital".

Lombroso, muchos años después de su descubrimiento de la foseta, recuerda la manera que él se sentía en ese entonces: "la vista de ese fossette apareció repentinamente a mí como un amplio llano debajo de un horizonte infinito, la naturaleza del criminal fue iluminada, él debe haber reproducido en nuestros días los rasgos del hombre primitivo que iban detrás hasta los carnívoros."

Cesare Lombroso era un hombre famoso en el siglo XIX porque él demandó haber descubierto la causa del crimen. Publicaron su trabajo principal “El hombre criminal”, en 1876.

Lombroso demandó en estos libros que en investigaciones anatómicas los cuerpos post mortem de criminales revelaron que los criminales eran físicamente diferentes de la gente normal. Él mantuvo que los criminales tienen stigmata (muestra del Gr.) y que este stigmata consiste en las dimensiones anormales del cráneo y de la quijada.

Lombroso incluso demandó que diversos criminales tienen diversas características físicas que él podría discernir. Su libro, el hombre criminal, alcanzado seis ediciones. En un tiempo, y bajo la influencia de su yerno Enrique Ferrero, Lombroso incluyó la visión que los factores sociales causan mucho de crimen y que no es innato todo el crimen.

La teoría de Lombroso del atavismo refiere al atava, que es la palabra latina para el antepasado.

Lombroso creyó que los criminales eran regresos a los hombres de Neanderthal, es decir, a nuestros antepasados primitivos.

El Neander es un río en Alemania. La palabra "tal" es alemana para el valle.

En el Neandertal, los arqueólogos encontraron algunos huesos de los hombres primitivos que resaltaron quijadas y que retrocedieron frentes mucho más que verdades de hombres modernos. Lombroso pensó que él encontró las mismas características entre criminales y por lo tanto que los consideraba los regresos a Neanderthals primitivos.

Durante la guerra Austro-Italiana de 1859, Lombroso sirvió como médico del ejército.

Después, fue profesor de la psicología y de jurisprudencia médica en las universidades de Pavía y de Turín. Aquí él condujo estudios antropomorfos (del griego “estructura del hombre”) detallados usando cadáveres para centrarse en la forma del cráneo como indicador de la anormalidad.

En cualquier caso, Lombroso continuó su carrera como director de un "asilo mental" (casa de la tuerca) en Pesaro. Allí él reescribió a su hombre criminal y en la edición discute las razones sociales del crimen junto con algunas penetraciones psicológicas.
A su yerno Ferrero lo influenció indudablemente, con quien él publicó el delinquente de la donna, es decir el delincuente femenino. Este libro es de naturaleza sociológica y psicológica. Además de Lombroso y de Ferraro, Garofalo y Ferri pertenecen al positivismo o a la escuela italiana de Criminología.

Lombroso también fue el primero en trabajar en una curación para el pellagra, una enfermedad de la piel causada por deficiencia de la vitamina.

* Alphonse Bertillon (1853-1914) era oficial de la aplicación de la ley y el investigador francés de la biométrica, que creó la antropometría, un sistema de la identificación basado en medidas físicas. La antropometría era el primer policía científico del sistema usado para identificar a criminales. Hasta este tiempo, los criminales podrían ser identificados solamente por el testigo presencial, que se sabe, no es fiable. El método fue suplantado por la huella dactilar. Alphonse Bertillon nació el 23 de abril de 1853 en Paris.
En 1882 presentó un sistema criminal de la identificación conocido como antropometría pero también conocido más adelante como bertillonage en honor de su creador. En este sistema, la medida del cuerpo de la cabeza y de cuerpo, de las marcas individuales - tatuajes, las cicatrices –y de las características de la personalidad identificó a la persona. Las medidas fueron hechas en un fórmula que se aplicaría solamente en una persona y no cambiaría. Él lo utilizó en 1884 para identificar a 241 delincuentes múltiples, y el sistema fue adoptado rápidamente.
Bertillon también estandardizó el tiro “criminal de la taza” y el cuadro de la evidencia. Él desarrolló la "fotografía métrica" que se prepuso utilizar para reconstruir la dimensión de un espacio particular y la colocación de objetos en ella. Los cuadros de la escena del crimen fueron tomados antes de que la escena fuera disturbada de cualquier manera. Él utilizó las esteras impresas con los marcos métricos que fueron montados a lo largo del lado de las fotografías. Las fotografías representaron vistas delanteras y laterales de un objeto particular.
Un tiro de la taza (o el mugshot) es un retrato fotográfico tomado inmediatamente después que se arresta a uno. La mayoría de los tiros de la taza son bipartitos, con una foto de la lado-vista, y una delantero-vista.
Comúnmente, al acusado se pide para sostener una tarjeta con el su nombre, la fecha, y la otra información sobre él. El término deriva de la taza, término estadounidense del argot para la cara. La frase también ha venido referir a cualquier cuadro pequeño de una cara usada por cualquier razón. Bertillon murió el 13 de febrero de 1914 en Münsterlingen, Suiza.
Escrito por correalex el 04/03/2006 19:21 | Comentarios (630)